Descripción del Trámite
Registro Nacional de Turismo.
Fundamento Jurídico y Reglamentarias
Casos en las que el Trámite deben de realizarse
Ley General de Turismo. En su artículo 48 señala que, la inscripción al Registro Nacional de Turismo
(RNT) es obligatoria para los Prestadores de Servicios Turísticos (PST).
Requisitos
- Formato Único para los Tramites del Registro Nacional de Turismo
*1 copia por cada uno de los requisitos
Datos o documentos que deben de anexarse al trámite
Los prestadores de servicios turísticos, definidos en el catálogo, deberán sujetarse a lo establecido en la convocatoria de inscripción al Registro Nacional de Turismo.
Plazo máximo para solucionar el trámite
8 días.
Costo del trámite
Gratuito
Domicilio para realizar el trámite
Parque Acuático El Coromuel, Km 2.5, Carretera a Pichilingue, C.P. 23019, La Paz, Baja California Sur, México.
Horarios de atención al público
Acudir a las oficinas de la Subsecretaria de Turismo en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs.